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Tipos de contrato en el sector náutico: temporal, estacional y freelance

Firma de contrato de trabajo náutico — tipos de contrato marítimo
YempleaPublicado el 5 de marzo de 20265 min lectura

El marco legal del empleo náutico

El empleo marítimo en España se rige por el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio Colectivo de la Marina Mercante y la normativa específica del Instituto Social de la Marina (ISM). En Yemplea, cada oferta indica el tipo de contrato para que sepas exactamente qué esperar. Es un sector con particularidades importantes que todo trabajador debe conocer.

Contrato por día

El más flexible. Se utiliza para cubrir necesidades puntuales: un chárter de fin de semana, un evento o una maniobra específica. Ideal para day workers que buscan ingresos rápidos.

  • Duración: 1-3 días
  • Alta en SS: Obligatoria (el ISM gestiona altas por días)
  • Salario: Se pacta por jornada, habitualmente 100-200 €/día
  • Ideal para: Marineros disponibles, extras de temporada

Contrato por semana

Habitual en chárter semanales. El tripulante se incorpora para un chárter específico y su contrato termina al finalizar.

  • Duración: 7-14 días
  • Alta en SS: Obligatoria
  • Salario: Semanal + propinas
  • Ideal para: Stewardess, chefs, marineros en temporada

Contrato de temporada

El más común en el sector. Cubre toda la temporada de chárter (mayo-octubre) o un período definido. Ofrece más estabilidad y suele incluir alojamiento a bordo.

  • Duración: 3-6 meses
  • Alta en SS: Obligatoria (régimen del mar)
  • Salario: Mensual + propinas + alojamiento
  • Ideal para: Toda la tripulación que busca estabilidad estacional

Freelance / autónomo

Algunos profesionales trabajan como autónomos, especialmente chefs, instructores y técnicos especializados. Requiere estar dado de alta como autónomo y facturar por servicios.

  • Duración: Variable
  • Cotización: Autónomo (RETA) o régimen especial del mar
  • Salario: Por servicio/proyecto
  • Ideal para: Profesionales con cartera de clientes

Derechos laborales clave

  • Alta en la Seguridad Social desde el primer día de trabajo
  • Descanso mínimo de 10 horas en cada período de 24 horas
  • Vacaciones: 30 días naturales por año trabajado
  • Indemnización por fin de contrato temporal
  • Cobertura sanitaria a través del ISM

Consulta nuestra guía sobre primer empleo como marinero para más detalles sobre cómo empezar en el sector.

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